Este martes, el Pleno del Congreso de los Diputados ha derogado el Real Decreto-ley de 23 de diciembre que prorrogaba una serie de medidas de protección social, al recibir 178 votos en contra y 171 a favor. Esta normativa contenía importantes disposiciones que se ocupaban de situaciones de vulnerabilidad social, en medio de un contexto económico delicado, marcado por “conflictos internacionales complejos” como la guerra en Ucrania.
Entre las medidas que fueron derogados se incluía:
Suspensión de desahucios: La normativa ampliaba hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de los procedimientos de desahucio en situaciones de vulnerabilidad. Esta medida es crucial para proteger a familias que se encuentran en riesgo de perder su vivienda.
Revalorización de pensiones: Se establecía un aumento mínimo del 2,7% en las pensiones para el año 2026, basado en el índice de precios al consumo. Esto afecta a millones de pensionistas y sus familias, ya que el mantenimiento del poder adquisitivo es esencial para su bienestar.
Medidas en materia de empleo: La prórroga de la cuantía del salario mínimo interprofesional así como iniciativas de apoyo al empleo también quedaban bajo la misma normativa, lo que podría afectar la estabilidad laboral de muchos trabajadores.
Incentivos fiscales: Se prorrogaban varios incentivos fiscales, tales como los vinculados al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre Sociedades, así como incentivos para los vehículos eléctricos y las inversiones en energías renovables.
Financiación territorial: Se regulaba el cálculo de entregas a cuenta para las administraciones territoriales hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La derogación de este real decreto-ley, en lugar de su convalidación, supone un cambio significativo en la política de acompañamiento social del Gobierno, lo que generará un impacto directo en muchos ciudadanos, autónomos y empresas que se beneficiaban de estas medidas.
Se resalta que, según el artículo 86.2 de la Constitución Española, las normas de extraordinaria y urgente necesidad deben ser revisadas por la Cámara Baja en los 30 días siguientes a su aprobación. El hecho de que no se haya convalidado evidencia la falta de apoyo político para las medidas de protección social en un contexto tan frágil.